miércoles, 16 de enero de 2008

ESCALA ISR 2008

El Dinero RETROACTIVA AL 1 DE ENERO Salarios exentos hasta RD$26,334.75 Cándida Acosta - 1/16/2008SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) liberó del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) los sueldos hasta RD$26,334.75 mensual, equivalentes a RD$316,017 anual, en cumplimiento con la indexación (ajuste por inflación anual) que se aplica de manera automática todos los años. La medida se aplicará con retroactividad al uno de enero. La exención salarial actual es hasta RD$24,186, por lo que ahora aplicará para los que ganan RD$2,147.84 por encima de ese monto, lo que les implica un aumento indirecto de sus salarios. La entidad recaudadora publica hoy la Tabla de Retención del ISR aplicada a las personas físicas, en la que a partir del tope de la exención se aplican escalas de 15%, 20% y una máxima de 25%. La inflación de 2007 fue de 8.8%, cuyo indicador sirve de base para que la DGII aplique un multiplicador de 1.088, según contempla el artículo 327 del Código Tributario de República Dominicana y el 105 del Reglamento 139-98 del Impuesto Sobre la Renta. Las escalas que rigen para 2008 aplican para los sueldos hasta RD$316,017 anual, monto que queda exento y de ahí en adelante hasta RD$474,024.00 pagará un 15% del excedente. Los salarios de RD$474,024.01 hasta RD$658,367 pagarán RD$23,701.00 más el 20% del excedente de RD$474,024.01. En tanto que las rentas de RD$658,367.01 en adelante pagarán RD$650,70 más el 25% del excedente de los RD$658,367.01. La DGII explica que el ajuste de los tramos de la escala impositiva es el resultado de la aplicación del multiplicador de la inflación, calculado en base a la tasa de inflación determinada por el Banco Central. Para establecer el cálculo de la indexación salarial sólo hay que multiplicar el monto exento actual que es de RD$24,186 mensual por 1.088, porque la inflación fue de 8.8%. La disposición aplica generalmente los primeros 15 días del mes siguiente. El ajuste por inflación entra todos los años de manera automática y por ende una nueva escala salarial. La tasa máxima del ISR es de 25% tanto para las personas físicas como jurídicas, según contempla la Ley 172-07. Si la ventana de imprimir no se abrió, click Aquí. Copyright 2008 LISTIN DIARIO Todos los derechos reservados