El salario de navidad
El salario de navidad o regalía pascual representa la duodécima parte del
salario ordinario devengado por el trabajador en el año calendario y debe ser
pagado a más tardar el 20 de diciembre.
Para el cálculo del mismo se excluyen los pagos por horas extras y las
bonificaciones y no es computable para el pago del preaviso y cesantía.
El salario de navidad no forma parte del monto cotizable para los pagos de
la seguridad social, el salario de navidad está exento del pago de impuesto
sobre la renta, siempre que no exceda la duodécima parte del salario ordinario
percibido en el periodo.
Contadores y Auditores, JMM & Asociados es una firma de Auditoria y Contabilidad, Asesoría impositivas, Financieras, Presupuestos y Planes Financieros, ubicada en Santiago, República Dominicana, debidamente registrada en la Cámara de comercio, Dirección General de Impuestos Internos y en el Institutos de Contadores Público Autorizado de la R.D Tel. 809-575-3154, Email:mar.josema@gmail.com
sábado, 24 de noviembre de 2012
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