lunes, 14 de noviembre de 2011

ASPECTOS FISCALES DEL SALARIO DE NAVIDAD

El salario de navidad


El salario de navidad o regalía pascual representa la duodécima parte del salario ordinario devengado por el trabajador en el año calendario y debe ser pagado a más tardar el 20 de diciembre.

Para el calculo del mismo se excluyen los pagos por horas extras y la bonificaciones y no es computable para el pago del preaviso y cesantía.

El salario de navidad no forma parte del monto cotizable para los pagos de la seguridad social, el salario de navidad esta exento del pago de impuesto sobre la renta, siempre que no exceda la duodécima parte del salario ordinario percibido en el periodo.

6 comentarios:

Anónimo dijo...

Excelente

Anónimo dijo...

como comunicar con ustedes?

José Manuel Martinez Almonte dijo...

Se puede comunicar con nosotros al 8292227499

José Andrés dijo...

Hola Licenciado.
Usted pudiera aclararme una duda, de esto no encuentro nada escrito.

Una empresa y un empleado acuerdan terminar el contrato según estipula en código de trabajo, de mutuo acuerdo. Como parte de ese acuerdo la empresa se compromete y paga RD$ 50000 al empleado.
Esos 50000 cotizan a la seguridad social, o están sujetos al impuesto sobre la renta?
Conoce alguna norma o ley que hable al respecto, no he encontrado nada?

Gracias de Antemano por su respuesta.

José Andrés dijo...

Hola Licenciado.
Usted pudiera aclararme una duda, de esto no encuentro nada escrito.

Una empresa y un empleado acuerdan terminar el contrato según estipula en código de trabajo, de mutuo acuerdo. Como parte de ese acuerdo la empresa se compromete y paga RD$ 50000 al empleado.
Esos 50000 cotizan a la seguridad social, o están sujetos al impuesto sobre la renta?
Conoce alguna norma o ley que hable al respecto, no he encontrado nada?

Gracias de Antemano por su respuesta.

José Andrés dijo...

Hola Licenciado.
Usted pudiera aclararme una duda, de esto no encuentro nada escrito.

Una empresa y un empleado acuerdan terminar el contrato según estipula en código de trabajo, de mutuo acuerdo. Como parte de ese acuerdo la empresa se compromete y pagar RD$ 50000 al empleado.
Esos 50000 cotizan a la seguridad social, o están sujetos al impuesto sobre la renta?
Conoce alguna norma o ley que hable al respecto, no he encontrado nada?

Gracias de Antemano por su respuesta.