jueves, 22 de noviembre de 2012

ESCALA SALARIAL ANUAL ISR PERSONAS FISICAS(2013-2015)

En atención a lo establecido en el Artículo 296, LEY 253-12  PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD RECAUDATORIA DEL ESTADO PARA LA SOSTENIBILIDAD FISCAL Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE. La Escala Impositiva que regirán a partir del 1ero. de enero del año 2013, serán los siguientes:


Artículo 296. Tasa del Impuesto de las Personas Físicas. Las personas naturales
residentes o domiciliadas en el país pagarán sobre la renta neta gravable del ejercicio
fiscal, las sumas que resulten de aplicar en forma progresiva, la siguiente escala:
1. Rentas hasta los RD$399,923.00 exentas;
2. La excedente a los RD$399,923 01 hasta RD$599,884.00, 15%,
3. La excedente de RD$599,884 01 hasta RD$833,171.00, 20%,
4 La excedente de RDS833,171.01 en adelante, 25%.
Párrafo I. La escala establecida será ajustada anualmente por la inflación acumulada
correspondiente al año inmediatamente anterior, según las cifras publicadas por el Banco
Central de la República Dominicana.
Párrafo II. Para los años fiscales 2013, 2014 y 2015 no se aplicará el ajuste a que se
refiere el párrafo anterior en consecuencia quedará sin efecto durante ese período el
numeral 1, literal a), del artículo 327 del presente Código.

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